Impuesto de sociedades
Video explicativo: Todo lo que tienes que saber del impuesto de sociedades
En este capítulo explicaremos el impuesto de sociedades.
¿Qué es el impuesto de sociedades?
El impuesto de sociedades es un impuesto directo y personal que grava la renta obtenida por las sociedades mercantiles y otras entidades colectivas. Además se trata de un impuesto proporcional ya que su cuota se obtiene aplicando un tanto por ciento fijo sobre la base imponible.
Características del impuesto de sociedades
De la definición anteriormente dada podemos extraer 4 características del impuesto de sociedades:
- Es un impuesto directo lo que quiere decir que grava directamente la renta de las sociedades siempre y cuando sea positiva, es decir, siempre que la sociedad haya generado beneficios.
- Es personal. Tiene en cuenta las circunstancias individuales de cada sociedad o persona jurídica de ahí que haya diferentes tipos impositivos dependiendo de la persona jurídica que seas.
- Es periódico, es decir, el impuesto no es puntual o instantáneo, sino que se paga continuamente en el tiempo en diferentes periodos impositivos, fraccionados según el legislador por ejemplo anual o trimestralmente.
- Es un impuesto plano ya que el tipo impositivo no depende de la base imponible, por lo que el porcentaje de impuestos que se pagan sobre beneficio es el mismo independientemente de la cuantía de esos beneficios. Por ejemplo se va a pagar siempre un 25% de impuestos independientemente de que la sociedad haya generado un beneficio de 2.000 euros o de 2 millones de euros.
¿Quién tributa por el impuesto de sociedades?
Tienen la obligación de pagar el impuesto de sociedades todas las personas jurídicas. Estas se incluyen entre otras:
- La Sociedad Anónima.
- La Sociedad de Responsabilidad Limitada.
- La Sociedad Colectiva.
- La Sociedad Laboral
Además, el Impuesto de Sociedades se aplica tambien a las siguientes entidades no jurídicas:
- Los Fondos de inversión.
- Los Fondos de capital de riesgo.
- Los fondos de pensiones.
- Los Fondos de regulación del mercado hipotecario.
- Y por último, los Fondos de garantía de inversiones.
Entidades exentas de pagar el impuesto de sociedades
Existe un pequeño porcentaje de personas jurídicas que están exentas de forma total o parcial de pagar el impuesto de sociedades.
- Gozan de exención total y no tienen obligación de pagar este impuesto determinados entes del sector público como pueden ser el Estado, las comunidades autónomas, entidades gestoras de la Seguridad Social, el Banco de España, etc.
- Gozan de exención parcial y por tanto podrán no declarar las rentas obtenidas si no superan unos determinados requisitos las entidades e instituciones sin ánimo de lucro, benéficas o de utilidad pública, organizaciones no gubernamentales, sindicatos, partidos políticos, etc.
¿Cuánto se paga por el impuesto de sociedades?
Realmente existen varios tipos impositivos en función de las diferentes características y casos que pueda tener la sociedad, por lo que cada una pagara un porcentaje diferente de impuesto de sociedades. Entre los tipos impositivos más importantes nos encontramos con que:
- La mayoría de las sociedades se regirán por el tipo general del 25 %.
- Las entidades de nueva creación pagaran un tipo impositivo del 15% durante los dos primeros ejercicios económicos siempre que la base imponible sea positiva, es decir siempre que haya generado beneficios.
- Las entidades de crédito o entidades dedicadas a la exploración, investigación y explotación de yacimientos de hidrocarburos pagaran un tipo impositivo del 30%.
- Las sociedades cooperativas que se encuentren fiscalmente protegidas pagarán un tipo reducido del 20% , menos los beneficios extracoorporativos que sí que deberán tributar al 25%.
- Las entidades sin fines lucrativos se les aplica un tipo impositivo del 10%.
- Entidades en la Zona Especial Canaria, pagan un tipo impositivo del 4 % siempre y cuando tengan su sede en Canarias.
- Las SICAV tributan al 1% siempre que cumplan unas determinadas condiciones impuestas por ley.
- Los fondos de pensiones tributan al 0 % siempre y cuando sean fondos que estén regulados por la ley de regulación de los planes y fondos de pensiones.
¿Cómo calculamos la cuota a pagar en el impuesto de sociedades?
Para poder calcular el Impuesto de Sociedades es necesario conocer en primer lugar el resultado contable de la empresa durante el ejercicio económico. Este resultado se encuentra en la cuenta de pérdidas y ganancias y corresponde con el resultado antes de impuestos.
En segundo lugar, tan solo tenemos que multiplicar la cifra del resultado antes de impuestos por el tipo impositivo que tengamos que pagar dependiendo de la entidad jurídica que seamos. De esta forma ya tendríamos la cantidad de dinero que tenemos que pagar correspondiente al impuesto de sociedades.
Por ejemplo, si somos una sociedad anónima que contamos con un resultado antes de impuestos de 10.000 euros, nos tocara tributar por el tipo impositivo general que es del 25 %. En este caso para calcular los impuestos que tenemos que pagar, tan solo tendremos que multiplicar estos 10.000 euros por 0.25. Hacemos la multiplicación y nos da un resultado de 2.500 euros lo que quiere decir que de esos 10.000 euros totales, 2.500 euros irán a parar a las arcas del estado y por lo tanto los otros 7.500 serán el resultado del ejercicio y el beneficio neto de la empresa.
¿Cuándo se paga el impuesto de sociedades?
Por norma general el impuesto de sociedades se paga entre los dias 1 y 25 de julio de cada año. Para ello las empresas rellenan el modelo 200 que presentaran en la declaración anual del impuesto de sociedades. Además las empresas están obligadas a presentar este modelo incluso cuando no se haya desarrollado actividad durante el ejercicio o se hayan producido pérdidas.
Por tanto si la empresa ha tenido pérdidas, presentara el modelo 200 pero como es lógico no tendrá que pagar el impuesto de sociedades ya que solo se paga si hay beneficios.